Page 38 - Fabio Gasti (a cura di), Seneca e la letteratura greca e latina. Per i settant’anni di Giancarlo Mazzoli, Pavia, Pavia University Press, 2013
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26 Carmen Codoñer

leg. 3,31 quaecumque mutatio morum in principibus extiterit, eandem in populo
secutam;
leg. 3,32 ego autem nobilium vita victuque mutato mores mutari civitatum puto.

Todas las ocurrencias transmiten la idea de moralidad, pero la cercanía a lex, ius, religio, nos
pone de nuevo en contacto con el ámbito de las leyes. Además otro dato me parece decisivo:
mores siempre es predicado de un colectivo. En efecto, en las cuatro, de forma directa o
indirecta se habla de los mores del populus, de los dirigentes o de la civitas.
Un pasaje de mos en plural podría dejar una impresión ambigua:

leg. 2,23 … non multum discrepat ista constitutio religionum a legibus Numae
nostrisque moribus.

La adjetivación con nostris nos sitúa en el mismo terreno anterior, puesto que el posesivo en
este caso alude a la comunidad romana del momento en que se escribe, va referido a la
colectividad, precisión que parece necesaria para contraponerse a la leyes de Numa.
En suma, aunque, en plural se perciba una cierta connotación moral, el hecho de
aplicarse a colectivos que representan los agentes conformadores de la comunidad: populus,
principes, civitas favorecen la atribución de un significado ‘institucional’; en estos casos
reafirman las raíces jurídicas de mos, tanto en singular como en plural. Se trata de una suerte
de moralidad representativa en cierto modo de una norma no escrita; dirigentes y pueblo
comparten unos valores concretos.
El resto de la obra de Cicerón apoya las conclusiones anteriores.
Mos, en singular, según un pasaje de Ciceron, es propio de las comunidades humanas:

Mil. 30 sin hoc et ratio doctis et necessitas barbaris, et mos gentibus, et feris natura ipsa
praescripsit, ut omnem semper vim quacumque ope possent a corpore, a capite, a vita
sua propulsarent…

Para alejar una amenaza de su vida, los hombres instruidos se dejan llevar por la razón, los
bárbaros por la necesidad, los pueblos por el mos, los animales salvajes por sus instintos
naturales. Dentro de un pasaje en que se están dando los elementos que son comunes a grupos
distintos: la razón, la necesidad, la naturaleza, hay que pensar que con mos Cicerón está
refiriéndose a un principio que es común a los pueblos; ratio se opone a necessitas, mos, en
principio, debiera ser el contrapunto de natura, responder a un rasgo exclusivo de la
naturaleza humana que hace de cada pueblo una unidad: las normas que ellos mismos se han
dado. Hablando de la norma de los espartanos de azotar a los adolescentes en las pruebas de
iniciación, dice Cicerón:

Tusc. 2,34 mos valet, ratio non valebit?
10
Nuevamente es un pueblo el que responde a mos. También lo aplica a colectivos, como
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pueden ser reyes, filósofos, etc.

10
A pueblos lo aplica también en Verr. 2,158; 4,142; divin. 55; orat. 151; de inv., 2,69; Att. 1,16,4 etc.

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