Page 36 - Fabio Gasti (a cura di), Seneca e la letteratura greca e latina. Per i settant’anni di Giancarlo Mazzoli, Pavia, Pavia University Press, 2013
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24 Carmen Codoñer

En gradación ascendente de lo concreto a lo general se mencionan las leyes, las normas
aceptadas como ley: instituta y mores, y el derecho en toda su amplitud, incluyendo, es
de suponer, el derecho natural. Y aunque la categoría mores deja en el aire una cierta
vinculación con los principios éticos propios de un colectivo, constitutivos de un rasgo
de su identidad, su colocación dentro de un contexto jurídico mantiene este valor.




2.1.3. Acepciones de mos en singular y plural
Llegado este punto, hay una cierta inclinación a pensar que mos en singular, es propicio
al significado técnico-jurídico y mores plural tiende a significar los valores morales.
Enlazando con el valor jurídico que acabamos de ver, he tomado el tratado De
legibus como punto de partida.
Como es sabido, la obra trata de la naturaleza, del origen de la ley y de las leyes
que rigen los ritos y comportamientos del hombre en su relación con los dioses. De
acuerdo con el tema se esperaría un tratamiento del sistema jurídico, tal como vemos en
otras obras, aunque no lo haga de forma sistemática. Sin embargo, el uso de mos tanto
en singular como en plural es escaso. Es cierto que el libro primero responde a
planteamientos generales teóricos, lo cual explica que no descienda a ocuparse de
cuestiones concretas como puede serlo la organización del sistema jurídico romano. Lo
más interesante, con todo, es que sus apariciones en el texto se dan preferentemente en
el libro II, el dedicado a la religio: quince veces de un total de veinte en la obra.
De las cinco ocurrencias presentes en el libro primero, en los dos casos de mos en
singular, la palabra recibe la precisión de un adjetivo o genitivo: more patrio (1,10),
philosophorum more (1,36). En los dos casos el genitivo representa colectivos
concretos (philosophi) o la abstracción que designa un colectivo (patria).
La situación es algo distinta en el segundo y tercer libro. Como en el primero hay
tres casos en singular con determinación adjetiva o genitiva: antiquus (2,3), sermonis
8
(2,9). En otros cinco mos en singular se presenta aislado:
leg. 2,18 sunt certa legum verba… paulo antiquiora quam hic sermo est. Eum morem
igitur cum brevitate, si potuero, consequar.
leg. 2,57 et quod communiter in omnibus sepultis venit usu, ut humati dicantur, id
erat proprium tum in iis, quos humus iniecta contexerat, eumque morem ius
pontificale confirmat…

leg. 2,61 haec habemus in XII sane secundum naturam, quae norma legis est, reliqua
sunt in more: funus ut iudicatur, si quid ludorum.

leg. 2,67 sed videamus Platonem, qui iusta funerum reicit ad interpretes religionum;
quem nos morem tenemus.


8 Sed antequam ad populares leges venias, vim istius calestis explana ne aestus nos consuetudinis absorbeat
et ad sermonis morem usitati trahant.


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